
Todas las personas que trabajan bajo relación de dependencia realizan mensualmente el aporte personal y patronal obligatorio de su remuneración al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, del 9.45% y 11.15% respectivamente. La función de los aportes es…
Todas las personas que trabajan bajo relación de dependencia realizan mensualmente el aporte personal y patronal obligatorio de su remuneración al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, del 9.45% y 11.15% respectivamente. La función de los aportes es hacerse acreedor a los beneficios que el Instituto ofrece con respecto a la salud, préstamos y jubilación. La jubilación ordinaria por vejez corresponde a la pensión vitalicia que reciben los afiliados y afiliadas que cumplen con los requisitos mínimos para hacerse acreedores al beneficio, por parte del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social a partir del primer día del mes siguiente que el asegurado haya cesado de sus funciones. Los requisitos que las personas deben cumplir son los siguientes:

Una vez que la persona cumple con cualquiera de los requisitos mencionados anteriormente, debe cesar de las funciones en el empleo (en relación de dependencia) o concluir sus servicios (sin relación de dependencia) y notificar a cualquier Centro de Atención Universal del IESS para poder realizar la solicitud de jubilación y empezar a recibir la pensión vitalicia otorgada por el IESS.
Para obtener la pensión que la persona jubilada se haría acreedora se debe proceder con el siguiente cálculo:
Calcular el promedio anual de las remuneraciones de todos los años (Por ejemplo para calcular el promedio anual de las remuneraciones del 2017, sumar todas las remuneraciones desde enero 2017 – diciembre 2017 y dividir para 12) Cabe recalcar que el año puede comenzar en cualquier mes (Por ejemplo de mayo 2017 a abril 2018, o de noviembre 2017 a octubre 2018, etc.)

Una vez obtenidos los promedios anuales de las remuneraciones históricas, se toman los cinco (5) años con promedios más altos.

A partir de los cinco años con promedios más elevados, se deben multiplicar las 60 remuneraciones mensuales correspondientes de estos años.

A partir de la multiplicación obtenida, se calcula la raíz sesentava de la misma para obtener la base de cálculo.

A continuación se debe proceder a identificar el coeficiente de acuerdo a los años de aportaciones en la siguiente tabla:

Posteriormente se multiplica el coeficiente obtenido por la base de cálculo:

Finalmente, se debe comparar este resultado con la pensión mínima y pensión máxima que entrega el IESS en el 2019 de acuerdo a los años de aportaciones de la siguiente manera.


Autor: José Luis Nieto Arends, consultor
Bibliografía:
https://www.iess.gob.ec/es/web/guest/jubilacion-ordinaria-vejez
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