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Calculadora del décimo tercer sueldo

Calcula tu décimo tercer sueldo 2026: la doceava parte de lo que ganaste del 1 de diciembre al 30 de noviembre. Se paga hasta el 24 de diciembre.

Qué calcula

Tu décimo tercera remuneración, también llamada bono navideño: la doceava parte de lo que ganaste en el período, o la parte proporcional si no trabajaste el año completo.

Qué datos necesitas

  • Fecha de ingreso y fecha de cálculo.
  • Tu sueldo mensual promedio.
  • Tu remuneración extraordinaria mensual promedio: horas extra, comisiones y otros pagos del 1 de diciembre al 30 de noviembre, divididos para 12.

Cómo se calcula

  • Se suma lo que ganaste del 1 de diciembre del año anterior al 30 de noviembre y se divide para 12 (Código del Trabajo, art. 111).
  • Entran: el sueldo, las horas suplementarias y extraordinarias, las comisiones y otros pagos habituales (art. 95).
  • No entran: las utilidades, el fondo de reserva, los viáticos y el décimo cuarto.
  • Se paga cada mes, salvo que pidas por escrito recibirlo acumulado. Si sales antes de terminar el período, recibes la parte proporcional.
  • No paga aportes al IESS (art. 112) y está exento de impuesto a la renta (LORTI, art. 9, num. 11).

Cifras 2026

  • Período de cálculo: del 1 de diciembre de 2025 al 30 de noviembre de 2026.
  • Si lo recibes acumulado, el plazo de pago en el sector privado es el 24 de diciembre de 2026.
  • Con el salario básico todo el año, el valor es de USD 481: diciembre de 2025 a USD 470 más 11 meses a USD 482, dividido para 12.

Base legal

  • Código del Trabajo, arts. 95, 111 y 112.
  • Acuerdo Ministerial MDT-2019-199 (pago y registro de las remuneraciones adicionales).
  • Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, art. 9, num. 11.

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo deben pagarme el décimo tercero en 2026?

En el sector privado, hasta el 24 de diciembre de 2026 si lo recibes acumulado. Si lo cobras mensualizado, ya viene en cada rol de pagos.

¿Qué ingresos se suman?

El sueldo, las horas extra, las comisiones y otros pagos habituales del 1 de diciembre al 30 de noviembre. No se suman las utilidades, los viáticos ni el décimo cuarto.

¿El décimo tercero paga impuesto a la renta o aporte al IESS?

No, está exento de ambos. El otro beneficio anual es el décimo cuarto sueldo.

Actualizado el 23 de octubre de 2026. La información es referencial y no reemplaza la revisión de tu caso.

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