Qué calcula
Tu fondo de reserva mensual y el acumulado desde que cumpliste el primer año con el mismo empleador, con una proyección a cinco años.
Qué datos necesitas
- Fecha de ingreso a la empresa o institución.
- Fecha de cálculo.
- Tu remuneración mensual promedio del período.
Cómo se calcula
- Es el 8,33 % de tu remuneración de aportación, es decir, un mes de sueldo por año, a partir del mes 13 con el mismo empleador (Código del Trabajo, art. 196).
- Desde agosto de 2009, el empleador lo paga cada mes junto con el sueldo, o lo deposita en el IESS si pides acumularlo. Debe pagarlo hasta el día 15 del mes siguiente.
- Para retirar lo acumulado en el IESS necesitas 36 aportaciones de fondo de reserva o más. Si estás cesante, puedes pedirlo dos meses después de salir.
- Si no estabas afiliado, el empleador te entrega el fondo al salir, con un interés del 6 % anual (art. 202).
Cifras 2026
Con el salario básico de USD 482, el fondo de reserva es de USD 40,15 al mes.
Base legal
- Código del Trabajo, arts. 95, 196 y 202.
- Ley para el Pago Mensual del Fondo de Reserva y el Régimen Solidario de Cesantía por parte del Estado (Registro Oficial, 29 de julio de 2009).
- IESS, fondos de reserva.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo tengo derecho a fondos de reserva?
Desde que cumples un año con el mismo empleador: se pagan a partir del mes 13.
¿Cuánto es el fondo de reserva?
El 8,33 % de tu sueldo de aportación: USD 40,15 al mes con el salario básico de 2026.
¿Cuándo puedo retirar los fondos acumulados en el IESS?
Con 36 aportaciones de fondo de reserva o más. Si estás cesante, dos meses después de salir. El fondo de reserva también cuenta para la jubilación patronal.
Actualizado el 23 de octubre de 2026. La información es referencial y no reemplaza la revisión de tu caso.